¿Puedo dejar de pagar mi servicio de telefonía móvil?
No. El decreto 555 de 2020 no exime el pago del servicio móvil a los usuarios. El pago de los servicios móviles garantiza la prestación del servicio por parte de los operadores. Con esto se garantiza la prestación del servicio.
¿Qué pasa si no pago mi factura de telefonía o internet fijos?
La telefonía y el Internet fijo no están cobijados por el Decreto 555 de 2020.Si el usuario no cancela, se aplican los términos y condiciones normales de suspensión por no pago, pactadas en los contratos.
¿ En qué consiste el beneficio que otorga el Gobierno a los usuarios de servicios móviles pospagos durante la emergencia?
Si Usted es un usuario móvil pospago con un plan menor de $71.214 incluido IVA, y no tiene cómo pagar tu servicio, cuenta con 30 días adicionales para realizar dicho pago. Durante ese período de no pago pierde las condiciones normales de su plan. Sin embargo, puede acceder a 500 MB de capacidad. Después de pasados esos 30 días, si no ha pagado, su servicio puede ser suspendido por el operador, pero puede realizar recargas en prepago, enviar 200 SMS sin costo por una única vez y navegar sin costo en 20 páginas web definidas por el Ministerio TIC.
¿ En qué consiste el alivio que otorga el Gobierno a los usuarios de servicios móviles Prepago durante la emergencia?
Si se quedó sin saldo y no puede hacer recargas tiene la opción de enviar -sin costo- hasta 200 SMS, con una vigencia de 30 días. Además, puede recibir SMS.
¿Qué pasa si no pago mi factura de telefonía móvil en planes pospago?
Si un usuario tiene un plan menor a $71.214 incluido IVA, y después de esos 30 días adicionales, no paga el servicio, no podrá continuar usándolo, porque procede su suspensión, pero puede realizar recargas, enviar 200 SMS por una única vez y navegar sin costo en las páginas web definidas por el Ministerio TIC.
Si tiene un plan superior a ese valor, y usted deja de pagar el servicio, el operador de servicios móviles puede suspender el servicio con base a lo definido en el contrato.
¿Se ha previsto alguna ayuda para que se puedan usar servicios móviles para continuar estudiando?
Los servicios de telefonía móvil (voz y datos) en la modalidad prepago y pospago (voz y datos) cuyo valor no exceda de $71.214, podrán navegar sin costo para el usuario al dominio, subdominio y páginas adyacentes del portal de educación que será dispuesto por los ministerio de Educación Nacional y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones dentro de los tres (3) días siguientes a la expedición del Decreto 555 de 2020. Este portal dispondrá de contenidos educativos en texto, animaciones e imágenes.
¿Cómo se va a garantizar el servicio de telecomunicaciones durante la cuarentena?
Los prestadores de redes y servicios continuarán con las labores de instalación, mantenimiento y adecuación de redes y servicio móviles y fijo. El pago de los servicios móviles garantiza la prestación del servicio por parte de los operadores.
¿En dónde puedo consultar el decreto?
Siguiendo este link:
Decreto 555 del 15 de abril de 2020
Fuente: Asomóvil – Artículo