Aunque los operadores no cobrarán intereses por la demora en los pagos de servicios fijos durante el Covid-19, sí podrán suspender las conexiones, dijo Lugo Silva.
En medio de la contingencia por el coronavirus, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) y la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) de Colombia dispusieron que los operadores no podrán cobrar intereses por la demora en los pagos de servicios fijos de telefonía, Internet y televisión por suscripción, lo cual no significa que se condonen las deudas.
Los usuarios han entendido de manera equívoca que sus servicios no podrán ser suspendidos debido a la falta de pago, por lo que están incumpliendo con sus facturas. Ante ello, la Asociación de Operadores de Tecnologías de Información y Comunicaciones de Colombia (Asotic) pidió al Ministerio y al regulador que tomen medidas para frenar la evasión de las tarifas, ingresos que necesitan los proveedores para seguir operando.
“Si lo pretendido por el Gobierno nacional es garantizar la prestación continua de los servicios de Internet fijo y televisión por suscripción, impidiendo que se realice la suspensión por falta de pago, es necesario que (…) se considere (…) destinar recursos públicos para cubrir el costo de los mismos u otorgar una línea de crédito blando” para financiar nóminas de los operadores, pagos de impuestos o costos de infraestructura, dice una carta de la asociación enviada a la CRC y al MinTIC.
Debido a los malentendidos que ha habido entre la población sobre estas disposiciones, la Asotic solicitó mayor claridad en la difusión de las medidas tomadas ante la contingencia del Covid-19, pues los consumidores argumentan que no pagan porque el Gobierno prohibió suspenderles el servicio.
En consecuencia, el Director de la CRC, Carlos Lugo Silva, dijo este viernes a un medio local que los ciudadanos “se tienen que poner al día en servicios, porque eso es lo que garantiza que los operadores puedan seguir desplegando las redes”, o de lo contrario, sus conexiones sí pueden ser suspendidas.
La Comisión, en línea con el Ministerio y el Gobierno, fijó hace unos días reglas para que las compañías den algunas flexibilidades de pago a los clientes de servicios fijos, en específico el no cobro de intereses. En el caso de los usuarios móviles pospago, sólo se garantizará una capacidad mínima de velocidad, 30 días para cubrir sus facturas, 200 mensajes de texto y acceso a 20 sitios web oficiales en ese tiempo.
Fuente: DPL News – Artículo